Se consideran parejas de hecho aquellas personas que conviven, indistintamente del sexo, y que tienen interés por llevar a cabo una vida familiar, manteniendo una relación estable.

Aparentemente se podría decir que una pareja de hecho y un matrimonio son lo mismo y que se diferencia en los papeles que en vez de ser entregados en el Registro Civil, se entregan en el Registro de Parejas de hecho correspondiente, pero lo cierto es que existen diferencias sustanciales en algunos otros aspectos.

Regulación parejas de hecho

Esta unión jurídica no está regulada a nivel estatal, ya que no existe una ley expresa que contemple a las parejas de hecho.

Llegado el momento de la separación de mutuo acuerdo los cónyuges deberán establecer una separación de bienes que se aplicará mientras dure la separación.

En algunas comunidades autónomas como, por ejemplo, Cataluña, Andalucía, Canarias, Extremadura, Valencia, País Vasco y Galicia, etc., han hecho una ley para regular a las parejas de hecho.

Por otra parte, existen comunidades como Castilla – La Mancha o Castilla -León entre otras, en la que no se ha redactado una ley específica para parejas de hecho, aunque si que está permitido inscribir a estas parejas en el Registro de Parejas de Hecho.

Antes de decidir que prefiere si matrimonio o pareja de hecho, lo más adecuado es informarse de la legislación de su lugar de residencia y que requisitos son necesarios para poder formalizar una pareja de hecho.

Requisitos pareja de hecho

Los derechos de la pareja de hecho cambiarán en función de la legislación de la Comunidad autónoma en la que se encuentren, pero existen unos requisitos establecidos para poder formalizar esta unión.

  1. Tener la mayoría de edad o una emancipación
  2. No ser una persona incapacitada
  3. No existir parentesco directo entre la pareja
  4. No estar casados (de haber estado casado/s deberán acreditar el divorcio)
  5. Tener un período mínimo de convivencia previa que sea acreditable
  6. Otorgamiento de escritura pública (se realiza en el Notario)
  7. Inscripción en el registro correspondiente según la Comunidad Autónoma

Es posible que dependiendo del lugar de residencia de la pareja se necesite alguna documentación más, por ese motivo es importante consultar con un abogado especialista en derecho de familia.

Matrimonio o pareja de hecho

Existen similitudes entre la pareja de hecho y el matrimonio, pero es cierto que también existen algunos puntos de discordancia como son la pensión de viudedad o la pensión compensatoria.

Entre los puntos comunes para ambos tipos de unión los que coinciden al 100% son los siguientes:

Hijos

Las obligaciones de los progenitores con los hijos son las mismas siendo pareja de hecho o matrimonio.

En caso de separación son comunes las medidas a tomar en tanto que, por ejemplo, el subsidio de manutención o el régimen de visitas, aunque cambia el procedimiento judicial que se ha de realizar.

En el caso de desacuerdo en la disolución de la pareja de hecho, será igualmente el Juez quien dictamine todo lo referente al bienestar de los hijos menores, como por ejemplo las medidas paternofiliales.

Por ejemplo, en el caso de fallecimiento de uno de los progenitores, no será el miembro de la pareja quien herede, como ocurre en los matrimonios, si no que serán los hijos los herederos por derecho.

Los hijos tendrán los mismos derechos si están reconocidos mediante la inscripción del nacimiento, por lo que se conoce como principio de igualdad.

Por lo que se refiere al tema de adopciones, también se han hecho cambios y actualmente una pareja de hecho puede adoptar un niño igual que si fuera un matrimonio.

permisos laborales

Los permisos laborales retribuidos en la pareja de hecho son los mismos que tiene una pareja casada.

Los permisos retribuidos de los que pueden disfrutar por igual son los siguientes:

  • Permiso de maternidad
  • Permiso de paternidad
  • Permiso por enfermedad o muerte de la pareja
  • Permiso por inscripción de la pareja de hecho (en parejas que se casan es el permiso por matrimonio)

Cada empresa tiene un convenio y en el caso de empresas privadas estos permisos pueden ser diferentes e irá en función del convenio colectivo del sector de la empresa en cuestión.

Asistencia sanitaria

Para disponer de la asistencia sanitaria de una persona asegurada se deben cumplir el siguiente requisito que es ser cónyuge o pareja de hecho de la persona asegurada.

Alquiler

El contrato de arrendamiento se pude subrogar en el caso de que fallezca uno de los miembros de la pareja, igual que sucede en los matrimonios.

La diferencia radica en que se tienen que acreditar dos años de convivencia con la persona fallecida.

Ayudas

Dentro de las ayudas se consideran también las becas y subvenciones y las parejas de hecho nuevamente tienen los mismos derechos a ayudas que las parejas casadas.

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